Aprobaron crear un Libro Especial de Recepción de Consentimiento para Matrimonio a Distancia

Aprobaron crear un Libro Especial de Recepción de Consentimiento para Matrimonio a Distancia

9.3.2021. El Gobierno bonaerense, a través de la Dirección Provincial del Registro de las Personas, aprobó recientemente la creación de un Libro Especial de Recepción de Consentimiento para Matrimonio a Distancia, que funcionará en el ámbito de la Dirección de Técnica de dicho organismo.

Para dar forma a esa medida, la Dirección en cuestión, a cargo de Patricio Zalabardo, aprobó el “Instructivo para la Celebración del Matrimonio a Distancia” y la implementación de un modelo de “Acta de Recepción de Consentimiento para la Celebración de Matrimonio a Distancia”.

En los considerandos de la medida, publicada recientemente en el Boletín Oficial, se señala que en uno de los artículos del Código Civil y Comercial de la Nación establece que el matrimonio a distancia es aquel en el cual el contrayente ausente expresa su consentimiento personalmente, en el lugar en que se encuentra, ante la autoridad competente para celebrar matrimonios, según lo previsto en las normas de derecho internacional privado”.

Además, una de las regulaciones de dicho Código sostiene que “se considera matrimonio a distancia aquel en el cual el contrayente ausente expresa su consentimiento, personalmente, ante la autoridad competente para autorizar matrimonios del lugar en que se encuentra”.

La documentación que acredite el consentimiento del ausente sólo puede ser ofrecida dentro de los noventa días de la fecha de su otorgamiento. El matrimonio a distancia se considera celebrado en el lugar donde se preste el consentimiento que perfecciona el acto”, se agrega en los considerandos de la medida adoptada.

Seguidamente, se indica que “la autoridad competente para celebrar el matrimonio debe verificar que los contrayentes no están afectados por impedimentos legales y decidir sobre las causas alegadas para justificar la ausencia”.

 

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