15.4.2023. Finalmente, el gobernador bonaerense, Axel Kicillof, confirmó este sábado que la convocatoria a las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) en la provincia de Buenos Aires serán el 13 de agosto, el mismo día que las elecciones primarias nacionales.
La medida dispuesta por Kicillof fue publicada en el Boletín Oficial bonaerense, con la cual queda descartada la posibilidad de que la provincia de Buenos Aires vote por separado a la elección nacional, en lo que refiere a las PASO.
De acuerdo a lo indicado, el motivo por el cual decidió que no haya desdoblamiento se debe a que, para cambiar la fecha, tendría que tener el aval de la Legislatura bonaerense a fin de modificar la Ley 14086, que es el marco normativo para la realización de las elecciones primarias.
En la actualidad, el Frente de Todos en la Legislatura bonaerense no tiene la cantidad de votos necesarios para imponer leyes, sin acuerdo de la oposición, en su mayoría representada por el bloque de Juntos por el Cambio.
Conforme a la ley vigente, y atendiendo a los tiempos y formas que se establecen en el procedimiento electoral de la Provincia, esta convocatoria es únicamente para las PASO, que se llevará adelante en simultáneo con la elección nacional.
Qué se vota en las PASO bonaerenses
Los cargos que se votarán el 13 de agosto son: gobernador, vicegobernador, 135 intendentes municipales, 1097 concejales titulares y 706 suplentes, 23 senadores provinciales titulares y 16 suplentes, 46 diputados titulares y 28 suplentes de acuerdo a este detalle:
Sección Capital (La Plata): 3 senadores titulares y 3 suplentes.
Sección Primera: 15 diputados titulares y 8 suplentes.
Sección Segunda: 5 senadores titulares y 3 suplentes
Sección Tercera: 8 senadores titulares y 6 suplentes
Sección Cuarta: 14 diputados titulares y 8 suplentes
Sección Quinta: 11 diputados titulares y 8 suplentes
Sección Sexta: 6 senadores titulares y 4 suplentes
Sección Séptima: 6 diputados titulares y 4 suplentes.
En tal sentido, el Gobierno provincial recordó que las elecciones primarias y las elecciones generales “son dos actos comiciales independientes” y por lo tanto “los plazos para realizar las respectivas convocatorias surgen de distintas leyes”.
En en el caso de las elecciones generales, señalaron que el artículo 114 de la Ley Electoral 5109 establece que “la convocatoria deberá realizarse con no menos de 90 días de anticipación”.
Cabe señalar que el territorio bonaerense (en el que viven 17,5 millones de personas) alcanza al 38% del padrón electoral nacional.