El Ente Municipal de Turismo de La Plata pidió subastar cuatro inmuebles de su propiedad
Sede del EMATUR, Diag. 79 y 5.

El Ente Municipal de Turismo de La Plata pidió subastar cuatro inmuebles de su propiedad

1.10.2025. El Ente Municipal para la Actividad Turística (EMATUR) de La Plata presentó una nota en el Concejo Deliberante de La Plata para que se lo autorice a vender en subasta pública cuatro inmuebles de su propiedad.

Según se destaca en la presentación, los inmuebles en cuestión son los siguientes:

- Inmueble 1: ubicado en calle Coronel Dorrego Nº 1128/1130 de Monte Grande, Partido de Esteban Echeverría (ubicado a 76 kilómetros de La Plata). Tasación del Ente (mayo de 2025); 106.350 dólares. Valor contabilizado: 244.916 pesos

- Inmueble 2: ubicado en calle 208 y 530 de la localidad de Abasto. Tasación del Ente (mayo de 2025): 53.437,50 dólares. Valor contabilizado 60.168,88 pesos

- Inmueble 3: calle 530 Nº 3042 entre 25 y 26. Tasación del Ente (mayo de 2025): 47.250 dólares. 33.791,97 pesos.

- Inmueble 4: calle 16 Nº 2055 entre 74 y 75. Tasación del Ente (mayo de 2025): 39.950 dólares. 143.079,21 pesos.

Se establece como base de subasta el equivalente a dos tercios de la tasación, “medida que se enmarca en la práctica habitual de remates oficiales para fomentar la concurrencia de oferentes y maximizar las posibilidades de enajenación”, informó el EMATUR, cuya sede está ubicada en el Palacio Campodónico de Diagonal 79 y calle 5.

Entre los argumentos para llevar adelante la subasta, el organismo platense menciona que “permitirá transformar activos inmovilizados en recursos líquidos, que podrán ser aplicados al cumplimiento de los objetivos previstos en la Carta Orgánica del Ente”.

Sobre las tasaciones, el EMATUR mencionó que “aseguran la determinación de valores ajustados al mercado, garantizando transparencia y objetividad en el procedimiento”. En cuanto a las diferencias entre el valor de tasación y el valor contabilizado, cabe explicar que lo primero es la estimación profesional del valor de mercado actual de una propiedad; mientras que lo segundo es el valor que un activo tiene en lo relacionado a su costo original menos la depreciación acumulada, lo cual no necesariamente refleja su valor actual de mercado.

Por último, el Ente mencionó que “la aprobación de este proyecto permitirá optimizar el uso y aprovechamiento del patrimonio público, generar recursos para fines de interés general y garantizar un procedimiento de enajenación transparente y competitivo”.

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