 
                    23.10.2025. La Sala II del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires, con sede en La Plata, denegó los recursos de apelación presentados en dicha ciudad por las defensas de Enrique Petrullo, Gabriel Martín Cassinotti y Javier Ronco. Así se confirmó las condenas por integrar una organización criminal permanente destinada a traficar influencias dentro del Poder Judicial, en sus más altos niveles, a cambio de fuertes sumas de dinero.
La resolución fue adoptada por los jueces Carlos Ariel Argüero, Fernando Jorge Mateos y Juan Alberto Benavides; y ratificó de esta manera la sentencia emitida en la megacausa conocida como "La banda de los jueces", una organización que, según se acreditó, operaba para direccionar dictámenes a favor de imputados a cambio de una contraprestación económica.
Los magistrados son camaristas en el fuero Penal de La Plata, pero actuaron en este incidente ya que los jueces naturales de Casación se excusaron. Cabe recordar que uno de sus ex integrantes, el exjuez Martín Ordoqui, también está implicado.
Se trata del más alto tribunal penal de la Provincia el que aparece sospechado en esta investigación. Nada menos. En esta nueva resolución, los jueces rechazaron los recursos de casación interpuestos por los abogados defensores de los tres condenados, considerando que las sentencias dictadas en su momento en un "juicio abreviado" se encontraban fundamentadas y “a derecho”.
La calificación que pesa sobre los imputados es la de asociación ilícita. Para los magistrados la “Banda de los jueces” era una organización estable, permanente y con una clara división de tareas que operó de manera coordinada entre, al menos, febrero de 2014 y diciembre de 2018.
En la resolución se identificó como “reclutador” a Javier Ronco: cumplía el rol de captar "clientes", muchas veces personas que conocía durante sus propias detenciones, a quienes les ofrecía los servicios de la organización; como “coordinador y nexo principal” a Enrique Edgardo Petrullo, apodado "Pela" o "Tero" o "Kike", era el eje de la organización. Coordinaba las tareas, intercambiaba información y, lo más crucial, era quien mantenía el contacto directo con el juez de la Sala V del Tribunal de Casación Penal, el exmagistrado Martín Ordoqui. Él determinaba el precio de los "servicios" y transmitía las órdenes.
En tanto, a cargo de la “estructura financiera” estaba Gabriel Martín Cassinotti, dueño de una financiera (la Cooperativa de Crédito Creditvalores Limitada), era pieza clave para el lavado del dinero ilícito. A través de su entidad, se cobraban los "servicios" mediante cheques o endosos, que luego se liquidaban en efectivo y se distribuían entre los miembros de la banda.
En el rol de “asesores y redactores”, figuran los abogados integrantes de la organización que se encargaban del asesoramiento legal y la confección de escritos judiciales. A su vez, la “supervisión y aprobación final” supone que en la cúspide de la organización se encontraba un juez en funciones de la Sala V del Tribunal de Casación Penal y su secretaria. Ellos eran quienes, valiéndose de su cargo, supervisaban, corregían y aprobaban las presentaciones judiciales, y utilizaban su influencia sobre otros magistrados para obtener resultados favorables
El delito por el que fueron condenados en estos hechos es el de tráfico de influencias agravado.