La Justicia ordenó reponer en su cargo a un funcionario del Juzgado de Faltas Provincial
Sede de la Dir. de Seguridad Vial.

La Justicia ordenó reponer en su cargo a un funcionario del Juzgado de Faltas Provincial

21.1.2019. Finalmente, y por decisión judicial, el ministerio de Gobierno bonaerense deberá reponer en su cargo a un Secretario del Juzgado Administrativo de Infracciones de Tránsito Provincial de La Plata, a quien despidió en agosto de 2018.

Se trata de Elvio Andrés Sagarra, despedido por orden del ministerio que conduce Joaquín De La Torre sin motivo alguno, de acuerdo a lo que indica el expediente iniciado en ámbitos judiciales.

Sagarra se desempeño en ese cargo desde el 1 de agosto de 2009 hasta el 31 de agosto de 2018. Ese día, precisamente, fue notificado de la limitación de su cargo por orden de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial, organismo que encabeza el contador Víctor Stephens.

Pese a trabajar de manera interrumpida en la administración pública provincial y en la Municipalidad de Berazategui con un legajo “intachable”, según consta en la orden judicial, el funcionario fue despedido sin justificación alguna.

“Dicha comunicación fue efectuada por autoridad incompetente, sin referir a acto administrativo alguno ni expresar las causales que motivaran su apartamiento”, señala en sus considerandos la jueza en lo contencioso administrativo María Ventura Martínez, responsable del Tribunal N° 4 de La Plata.

Seguidamente, antes de justificar su decisión, Ventura Martínez destaca que “de ese modo, se le cercenó el derecho a la continuidad en el cargo de Planta Permanente, con la consecuente pérdida de su remuneración, que reviste neto carácter alimentario”.

Otro de los aspectos que fue tenido en cuenta por la jueza para resolver a favor de la restitución del cargo a Sagarra tiene que ver con el hecho de que “otra persona fue designada en su lugar, por lo que no podría alegarse la disolución del organismo o del cargo como fundamento de su apartamiento”.

Además, entiende que “configura un enriquecimiento ilícito de la Administración, en tanto ha omitido abonar lo que efectivamente le corresponde por los servicios prestados” por el funcionario.

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