"El responsable de la infracción de tránsito siempre es una persona y no un vehículo"
Infracción; multa y posible deuda.

"El responsable de la infracción de tránsito siempre es una persona y no un vehículo"

3.2.2019. Con esa frase, la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe dejó en claro lo que a muchos contribuyentes los tiene preocupados al momento de la compra de un auto usado: a quién le corresponde abonar las multas de tránsito que conforman el ítem “deudas” del vehículo.

Al respecto, el Director de Asuntos Normativos de la Defensoría del Pueblo de Santa Fe, Mariano Vodanovich, expresó que “para realizar cualquier tipo de trámite en el Registro de la Propiedad Automotor NO es obligatorio abonar allí multas de tránsito”.

En respuesta a varias presentaciones ingresadas a dicha Defensoría, Vodanovich explicó que la no obligatoriedad del pago de multas surgen de las consultas al sistema a través del Formulario 13I, ello “según lo establecido en la ley nacional de tránsito”.

“El responsable de una infracción de tránsito es el conductor del vehículo al momento del hecho; cuando no se lo puede identificar se presume que la infracción fue cometida por el titular del vehículo (artículo 75 inciso c, ley 24.449), pero el responsable de la infracción de tránsito siempre es una persona y no un vehículo, por lo que las infracciones no se pueden transferir al nuevo propietario”, precisó el mencionado Director del organismo santafesino.

Por esa razón, entonces, "el hecho de que el informe arroje la existencia de multas impagas no es motivo que impida terminar los trámites mencionados", indicaron en la Defensoría.

Las presentaciones ante la entidad santafesina tienen que ver con el incumplimiento por parte de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor (DNRPA), que motivaron denuncias por estafa por parte de contribuyentes.

“Ante la negativa de pago, la Dirección Nacional les pasa las supuestas infracciones al nuevo dueño, siendo esto una estafa”, dice uno de los escritos presentados.

Similar trámite se está desarrollando en la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, por lo que se espera su definición al respecto. Lo resuelto en Santa Fe puede resultar un antecedente a tener en cuenta.

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