Revisarán la causa de San Martín que en 2015 condenó a prisión perpetua a penitenciarios bonaerenses
Gerardo Luna, en la U9.

Revisarán la causa de San Martín que en 2015 condenó a prisión perpetua a penitenciarios bonaerenses

4.9.2019. El 28 de enero de 2012, en la Unidad 46 del complejo penitenciario de la ciudad bonaerense de San Martín había 520 internos, muchos más que lo permitido por la capacidad operativa del lugar, pensada para alojar a 360. En el pabellón N° 1 de admisión estaba alojado Patricio Barros Cisneros, un hombre considerado peligroso por sus permanentes problemas de convivencia con el resto de los detenidos, quien después de no ser correspondida su exigencia forcejeó con el personal y terminó tendido muerto en el piso.

Según los hechos relatados, Barros Cisneros pretendía tener un encuentro íntimo con su visita de ese momento. Debido a la superpoblación del lugar, el personal le indicó que la única habitación disponible estaba ocupada por un interno con tuberculosis, explicación que lo enfureció y de inmediato comenzó con sus agresiones.

“Al escuchar los gritos fuimos al lugar y pudimos ver cómo intentaban reducirlo, intentamos acoplarnos como marca el reglamento y a los pocos segundos el interno cae al suelo desvanecido y ahí se produce el trágico deceso”.

Quien cuenta esa parte de los acontecimientos es Gerardo Luna, quien recibió a este portal en el lugar donde está detenido con cadena perpetua desde el 8 de mayo de 2015: la Unidad N° 9 de La Plata.

Luna está convencido que la condena del Tribunal Oral en lo Criminal N° 4 de San Martín “fue excesiva, arbitraria e injusta” y la admisión del caso por parte de la Suprema Corte de Justicia para su revisión le abre una esperanza.

El ex penitenciario recuerda que aquél día de la tragedia Barros Cisneros sufrió lesiones “leves” y que “ninguna lesión en su unidad o en su conjunto le pudo haber causado la muerte”.

Al respecto, Luna hace mención al informe de la autopsia elaborado por la Dra Patricia Gallardo, quien “no encontró nexo causal entre la muerte de Barros Cisneros y las múltiples lesiones leves que presentaba su cuerpo”.

“La muerte se debió a una maniobra de compresión cervical aplicada por el hoy prófugo de la justicia, César Benítez (otro integrante del SPB)”, aseguró el detenido. En la práctica, eso significa una “palanca mecánica” (cuando una persona toma a una persona desde atrás del cuello y lo ahoga).

Seguidamente, Luna recuerda que ese incidente se produjo “a plena luz del día y a la vista de todos los internos que estaban en el lugar en ese momento” y que, lógicamente, la de Barros Cisneros fue “una muerte accidental, no deseada ni planificada”.

Revisarán la causa de San Martín que en 2015 condenó a prisión perpetua a penitenciarios bonaerenses

El rol de los internos-testigos

“En el juicio, uno de los internos declaró que yo me colgaba de los barrotes para tomar envión con la intención de pagarle en el pecho a Barros Cisneros”, recordó Luna. Sin embargo, la autopsia de Gallardo no arrojó lesiones en esa zona, las que seguro deberían existir si se tiene en cuenta el peso que el penitenciario tenía en ese momento: 120 kilos.

Sin embargo, el tribunal desestimó ese informe y dio por acreditada como prueba válida la versión del interno para así condenar a Luna junto a otros integrantes de la U46, Juan Liberto, Miguel Gallego, Rodrigo Chaparro y Héctor Mario a la pena de “cadena perpetua por el delito de tortura seguida de muerte contra Barros Cisneros”

Otra de las declaraciones aceptadas como prueba por el TOC N° 4 de San Martín da cuenta de que tres internos dijeron haber visto a Liberto pegarle una patada en la cabeza al fallecido. Sin embargo, esas mismas personas habían dicho en la declaración testimonial anterior que no había participado de golpiza alguna.

Además, cuando en el debate oral se le pide a uno de los testigos que reconozca a Liberto, no supo identificarlo. Los jueces justificaron esa imposibilidad al “paso del tiempo”.

 

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