La secretaría de Derehos Humanos consideró válida la denuncia contra el "fascista Julio Garro"
Julio Garro.

La secretaría de Derehos Humanos consideró válida la denuncia contra el "fascista Julio Garro"

25.9.2019. La secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires consideró como válida la denuncia presentada contra el intendente de La Plata, Julio Garro, en la que se argumentó que tuvo un “comportamiento de tinte fascista” en respuesta a un pedido de información publica que podria dar a luz actos de corrupción millonarios durante su gestión.

Basándose en una ordenanza  del Proceso de Reorganización Nacional 267/80 (tal como se autodenominaron los militares que derrocaron al gobierno constitucional el 24 de marzo de 1976), Garro negó el acceso a la informacion pública: esa normativa estaba destinada a ocultar la tortura y desaparición de personas, con fundamentos falaces de tinte fascista.

El intendente platense profundizó el rechazo al acceso de información, tal si se tratara de parte del gobierno militar. En el Decreto realizado para tal fin, se autoproclama con los fundamentos de dicha postura.

Fundamentos de un gobierno fascista

Para el fascismo, los individuos están subordinados al Estado. El Estado está compuesto únicamente por el Ejecutivo, en este caso el intendente: este es uno de los pilares del totalitarismo. El Estado totalitario no está basado en la división de los poderes ni en sus contrapesos según el modelo liberal democrático.

Además, está prohibida la disidencia y que la oposición política se articule de la forma que sea, especialmente a través de los partidos políticos según el mismo modelo democrático. La oposición es considerada como una grave perturbación para el buen gobierno y para el orden.

El Estado (Poder Ejecutivo)  en fin, monopoliza la verdad.

La crítica es, pues, imposible. "Todo en el Estado, nada fuera del Estado" es la frase de Benito Mussolini (creador del fascismo) que resume esta concepción.

Garro, en definitiva, dio fuerza a esta postura en su escrito, cuando responde tratando de dar legitimidad a una Ordenanza que sirvió para tapar las violaciones de los Derechos Humanos durante la última dictadura militar.

“En primer lugar, no existe jurisprudencia que haya declarado explícitamente la inconstitucionalidad de la mencionada Ordenanza General 267/80; asimismo, el peticionante es incapaz de probar dicho extremo”, sostuvo en su respuesta el jefe comunal platense. Los peticionantes consideraron tal aseveración “una falsedad cuasi infantil o sádica, causando un daño institucional, siendo la máxima autoridad del Ejecutivo quien demuestra tal postura fascista”.

A su vez, Garro nombra jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia que declama: “La validez de las normas y actos emanados del Poder Ejecutivo de facto está condicionada a que el gobierno constitucionalmente elegido que lo suceda, la reconozca”, con lo que da a entender que, siendo intendente y  la acepta, está vigente.

La Constitución de la Provincia de Buenos Aires consagra enfáticamente la supremacía de sus disposiciones estableciendo que toda ley, decreto u orden contrarios a las declaraciones, derechos y garantías estatuidos en los arts. 1° al 56° (anteriores 1° a 43°), o que impongan otras restricciones que las que tales normas permiten, o priven a los ciudadanos de las garantías que aseguren, serán inconstitucionales (Art. 57°, anterior 44°).

Siendo que en el articulo 12 inc 4 la Constitucion de la Provincia de Buenos Aires reza claramente que  “todas las personas en la Provincia gozan, entre otros, de los siguientes derechos… a la información”, dejando bien en claro que la Ordenanza 267/80 del Proceso de Reorganización Nacional, es totalmente inconstitucional.

El Decreto Provincial  2.549/04 establece el marco normativo a través del cual el Estado provincial garantiza el acceso a los documentos administrativos en el ámbito del Poder Ejecutivo, rezando desde su ARTICULO 1º: Toda persona física o jurídica tiene derecho de acceso a documentos administrativos de naturaleza pública correspondientes a organismos, entidades, empresas, sociedades, dependencias y todo otro ente que funcione bajo jurisdicción del Poder Ejecutivo.

A decir por el grupo de denunciantes, “sin lugar a dudas, la desesperación de ocultar actos de corrupción, es lo que lleva a la gestion Garro a utilizar tal viles herramientas de la más oscura parte de nuestra historia”.

“Un acto de esta naturaleza deja en claro, que no tendrán limite alguno para buscar salir ilesos de los actos de corrupción, lo que no lograrán, ya que el paso siguiente es la denuncia penal por violación a los Derechos Humanos contra la gestion garro”, señalaron los denunciantes.

En definitiva, la secretaría de Derechos Humanos habilitó la presentación para que puedan avanzar con la denuncia penal correspondiente. 

Envíe su comentario
.