El Gobierno nacional determinó cómo serán los procedimientos ante incumplimientos del aislamiento

El Gobierno nacional determinó cómo serán los procedimientos ante incumplimientos del aislamiento

29.6.2020. En ocho puntos, el Gobierno nacional fijó cuáles serán los procedimientos que se realizarán en los puestos de control de circulación de personas y de tránsito vehicular desde las 00:00 del 1 de julio, cuando entre en vigencia la nueva etapa del aislamiento social, preventivo y obligatorio que, como se anunció el viernes último, será mucho más estricta en la zona del AMBA.

Todos las medidas que se adopten en esos lugares serán analizadas por el Poder Judicial, que tendrá un rol relevante en cada una de las decisiones que surjan tras comprobarse algún tipo de anormalidad.

1- Orden inmediata de regreso al lugar de origen de parte del infractor de acuerdo al tipo de anomalía detectada.

2- Demora del infractor a la espera de la decisión del Poder Judicial.

3- Detención del infractor de acuerdo al incumplimiento del artículo 239 del código penal.

4- Secuestro del vehículo del infractor por incumplimiento de los artículos 205 y 239 del código penal. La decisión respecto de los pasos siguientes respecto del vehículo es competencia del Poder Judicial.

5- En el caso de andenes de trenes, se labra el acta de infracción y se informa al Poder Judicial que dispone los pasos a seguir respecto de lo informado por la autoridad policial.

6- Es el Poder Judicial el que decide los pasos a seguir de acuerdo a la información que proveen las fuerzas federales de seguridad.

7- En cualquier caso, que se detecten síntomas compatibles con COVID-19, se ordena el regreso al lugar de origen para el cumplimiento de la cuarentena, siguiendo las indicaciones del Poder Judicial.

8- En todos los casos es el Poder Judicial el que decide los plazos y actuaciones determinados por el juzgado a cargo.

 

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