La zona del Delta del Río Paraná fue declarada en Emergencia Hídrica por el Gobierno bonaerense

La zona del Delta del Río Paraná fue declarada en Emergencia Hídrica por el Gobierno bonaerense

13.9.2021. Mediante un Decreto firmado por el gobernador bonaerense, Axel Kicillof, y varios de sus ministros, el Gobierno decidió declarar la Emergencia Hídrica en la zona del Delta del Río Paraná comprendida por los Partidos de San Nicolás, Ramallo, San Pedro, Baradero, Zárate, Campana, Escobar, Tigre, San Fernando, San Isidro, Vicente López, Avellaneda, Berazategui, Berisso, Ensenada, La Plata y Quilmes, por el plazo de ciento ochenta (180) días en virtud del fenómeno hidrológico de bajante extraordinaria de la Cuenca del Río Paraná.

A su vez, en el Decreto en cuestión, que lleva el Nro 710 y fue publicado este lunes en el Boletín Oficial, se establece la creación del Comité Interministerial de Emergencia Hídrica, a efectos de articular con los organismos provinciales, nacionales y municipales las medidas de prevención, control y mitigación de los efectos producidos por la bajante hídrica y de identificación catastral de las zonas afectadas.

“El Comité será coordinado por un/a representante del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, e integrado por representantes de los Ministerios de Seguridad, de Gobierno, de Infraestructura y Servicios Públicos, de Desarrollo de la Comunidad, de Trabajo, de Desarrollo Agrario, de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, de Hacienda y Finanzas y del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS)”, señala uno de los artículos del Decreto firmado por Kicillof y las ministras y ministros Javier Rodríguez (Desarrollo Agrario), Andrés Larroque (Desarrollo de la Comunidad), Mara Ruiz Malec (Trabajo); Agustín Pablo Simone (Infraestructura), Sergio Berni (Seguridad); Augusto Costa (Producción); Pablo López (Hacienda) y María Teresa García (Gobierno).

Al respecto, cada ministerio quedó facultado para el dictado de normas interpretativas, complementarias y aclaratorias, en el marco de sus respectivas competencias, en forma individual o conjunta, tendientes a la implementación de medidas para neutralizar la situación de emergencia declarada.

Particularmente:

1. Ministerio de Seguridad, a definir y articular las acciones o medidas necesarias para la gestión de situaciones de riesgo o emergencia que se susciten en razón de la emergencia hídrica.

2. Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, a adoptar las medidas necesarias para preservar los recursos naturales y conservar, proteger y recuperar reservas y áreas que puedan verse afectadas durante la emergencia hídrica.

3. Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, a adoptar las medidas de intervención necesarias para morigerar los efectos provocados por la bajante hídrica que afecta al Delta del Paraná.

4. Subsecretaría de Recursos Hídricos, a brindar asesoramiento y prestar colaboración en el ámbito de su competencia, y a proveer los servicios técnicos necesarios para llevar adelante las medidas que se adopten.

5. Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, a gestionar y supervisar la asistencia directa a personas víctimas de situaciones de emergencia, en caso de que los acontecimientos produzcan riesgos para los/as habitantes de las zonas alcanzadas por la emergencia.

6. Ministerio de Desarrollo Agrario, a gestionar y supervisar la asistencia a productores y productoras agropecuarios, forestales y pesqueros que vean afectada su producción, capacidad productiva y rendimiento, y a trabajadores y trabajadoras rurales, con el fin de morigerar o mitigar los efectos de la bajante y su impacto en la producción y asegurar su continuidad como productores/as y trabajadores/as rurales en las zonas alcanzadas por la emergencia.

7. Ministerio de Trabajo, a implementar programas y acciones de sostenimiento del empleo en las zonas afectadas por la emergencia hídrica.

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